Mis artículos con
respecto al tema 3 El derecho Internacional Privado. Debemos estamos claro que
es una rama del Derecho Privado que tiende a la resolución de conflictos o
situaciones con elementos extranjeros Este un punto que se ha discutidos por época
y hay que destacar que lo internacional, a temas internacionales, ya razón por
la cual en nuestra constitución el art 152CRBV: La relaciones internacionales de la republica
responden a los fines del Estado en función del ejercicio de la soberanía y de
los intereses del pueblo; ellas se rigen por los principios de independencia, igualdad
entre los estados, libre determinación y no intervención en sus asuntos
internos, solución pacifica de los conflictos internacionales , cooperación,
respecto a los derechos humanos y solidaridad y los pueblos en la lucha por su emancipación y
bienestar de la humanidad. La Republica mantendrá la más firme y decidida
defensa de estos principios y de la práctica democrática en todos los
organismos e instituciones internacionales. Es fundamental estar claro con esta
declaración para luego pasar a
determinar hasta donde llega el derecho internacional público y cuando le damos
pasos al derecho internacional privado lo cual tiene un elementos fundamental
que lo describe y es que le das paso a derecho civil, derecho penal y también el
procesal en esta oportunidad vamos a comentar sobre 3 artículos que se
encuentran en el Código Civil Venezolano y está muy ligados a esta materia y es
Art. 8 CC “La autoridad de la ley se extiende a todas las personas nacionales o
extranjeras que se encuentren en la Republica”, hay que ser enfático que aunque
ustedes tenga otra nacionalidad y se encuentren en el país de visita usted debe
acogerse a las leyes que se encuentran en ese Estados principalmente a su
Constitución y las demás leyes que se deriven de esta, el hecho de que seas
extranjeros no te da derecho a incumplir
con las leyes de eses país no te exime de culpa igualmente puedes ser
procesados y debes cumplir la pena en caso de que apliques, ahora me pregunto
yo, con este estampidas de venezolanos
que han huido de nuestros país estarán claros y consientes que ellos deben
adoptar las normas de cada uno de esos países y que ya no aplica la misma norma
venezolana, muchos no lo saben y salen del país sin saber ni conocer las
legislaciones extranjeras y creo que esto ha traído consigo un choque cultural
y social del cual mucho no la están se pasando muy bien, que importante sería
que ante de partir se dieran un tiempo para revisar e interpretar las leyes y
conocer más sobre el derecho internacional privado, que en su definición es muy
claro “El Derecho Internacional Privado es el conjunto de casos jusprivatistas
con elementos extranjeros y el de sus soluciones, descritos los casos y
soluciones por normas inspiradas en los métodos indirecto, analítico, y
sintético – judicial, y basadas las soluciones y sus descripciones en el
respeto al elemento extranjero”. Autor: Dayanara Rodriguez cjp-102-00064v

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