SEA EXTRANJERO O VENEZOLANO TODOS ESTAN OBLIGADOS A CUMPLIR CON LAS LEYES DE LA REPUBLICA








El Derecho Internacional Privado venezolano es de carácter estatutario que quiero decir con esto que es quien  regula un tipo especial de personas jurídicas, que son las Administraciones públicas por eso vemos que el “art 9 del Código Civil dice Las leyes concernientes al estado y capacidad de las personas obligan a los venezolanos, aunque sobre ellos tengan o pretendan derechos personas extranjeras”, se sigue manteniendo la teoría que  todo ser vivo que haga vida en el territorial nacional sea nativo o extranjeros esta obligados a cumplir las leyes existente el artículo 9 debemos interpretarlo como que la ley aplicar a todas las personas, en lo que a su estado y capacidad se refiere, su propia ley nacional, el artículo 9, obligan a los venezolanos, aunque residan o tengan domicilio en país extranjero, y que en nuestro concepto por lo menos, la regla es recíproca, es a saber: que las leyes del respectivo país obligan a los extranjeros residentes o domiciliados en Venezuela, en el mismo asunto, a no ser que contengan disposiciones contrarias al orden público o a las buenas costumbres. No es natural suponer que la República quiera conservar sobre sus hijos residentes o domiciliados en países extranjeros derechos que no reconoce en otras naciones, respecto de los suyos, que se han domiciliado o que residen en nuestro territorio.Autor: Dayanara Rodriguez cjp-102-00064v








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